En el mes de marzo saltó a las primeras páginas de los periódicos (quizás sería mejor decir a la parte superior de la web) el estudio que el ministerio de trabajo está haciendo sobre el derecho a la “desconexión digital” de los trabajadores. Este término hace referencia al derecho de los trabajadores a desconectar de su trabajo y a no recibir mensajes ni correos electrónicos una vez concluida su jornada laboral. Un derecho que ya está regulado en Francia y que implica la negociación entre empresas y empleados de las condiciones para no tener que atender llamadas, emails o mensajes relacionados con el trabajo fuera del horario laboral. Un tema sin duda interesante, pero que también es complicado de legislar y más en el mundo el que vivimos hoy en día. Realmente… ¿podemos separar vida personal y laboral? ¿Qué implicaciones tiene esta medida según como se aplique? ¿No es un intento de poner puertas al campo; o de legislar algo que puede estar ultrapasado en breve (si no lo está ya)? Lo que vienen a continuación no son sino unas reflexiones personales que ni siquiera he conseguido ordenar del todo bien, puesto que se cruzan en este tema varios conceptos muy diferentes.
¿Cuál es el objetivo que se persigue?

El objetivo de esta iniciativa es facilitar la conciliación de la vida personal (que no familiar… uno puede no tener familia y querer tener una vida propia) con la vida laboral. Sin duda un objetivo loable. Para ello lo que se está tratando de analizar es la posibilidad de establecer una hora de salida “potable” (la mayoría de los artículos hablan de las 18 horas) y la posibilidad de impedir contestar correos electrónicos y llamadas fuera del horario laboral. Una iniciativa muy buena pero… con mucha complejidad para ser puesta en marcha. De hecho… la jornada laboral ya está regulada, existen las horas extras y sin embargo todos sabemos que ese tema pese a estar regulado no se cumple. Dicho esto, el debate puede ser muy interesante de cara a educar a tanto a empleados como a empleadores; jefes y «curritos»; becarios y contratados. 

Mi primera duda y una pequeña historia personal.

Para mi, este es un tema realmente interesante. Un blog que habla de productividad y trabajo tiene que tratar este tema. Y como trabajador también me afecta y por eso, pensando en el tema, se me ocurrió hacer la siguiente reflexión: Si yo reclamo el derecho a que mi vida profesional no interfiera en la personal… ¿me podrán exigir lo contrario? ¿Tendrás los jefes el derecho a que mi vida personal no se cuele en mis momentos de trabajo? Y justo con estos pensamientos me tocó vivir el siguiente episodio.
Hace algo más de un mes estuve dando una charla en Santander, en un Máster. Y antes de la misma tenía una comida de trabajo con la Directora del mismo para hablar de temas relativos al programa del mismo. Habíamos quedado a las 13,30 y no habíamos pedido la comanda cuando sonó mi móvil. Eran del colegio de mi hijo, que había sufrido un pequeño accidente y que necesitaban que uno de nosotros se acercara a buscarlo. A 500 kilómetros de distancia no me quedó sino intentar localizar a mi mujer, pero ya se sabe cómo son estas cosas. Hasta que conseguí hablar con ella habrían sido unas diez llamadas, varias conversaciones con el colegio, mensajes, whatsapps y hasta un correo electrónico autorizando la salida del colegio con una tutora responsable. Sin duda alguna, el objetivo de la comida no se cumplió y mi vida profesional fue totalmente invadida por temas personales. Como mi interlocutora ya se había visto alguna vez en estos temas, quedamos en continuar el tema de forma electrónica y así ha sido. 

Pero claro… si yo pido que el trabajo no interrumpa mi vida personal, ¿no podrían pedirme lo contrario? Está claro que ante un hecho así, todo el mundo está dispuesto a dejarte tratar el tema y que la salud del chaval era lo primero. Pero… ¿y la conversación telefónica con tu pareja? ¿La gestión de las multas? ¿Cualquier otro tema personal que tratas en horario de trabajo? Muchos reconoceremos que estos temas ocupan parte de nuestro tiempo laboral todos los algunos días. Algunas veces es un accidente, pero otras muchas lo hacemos queriendo. Nuestra vida personal está dentro de nuestro día a día laboral y aunque me pidan que no interfiera… la verdad es que va a ser complicado que sea de otro modo.
¿Cómo se pondría en marcha?

Otro de los aspectos sobre los que he intentado reflexionar es la forma en que dicho derecho se podría “activar”. He estado leyendo sobre el tema y me he encontrado algunas propuestas diferentes, no sin inconvenientes cada una de ellas. De hecho, me da por pensar que hay dos opciones principales:
  • El derecho a no recibir comunicaciones del trabajo fuera del horario laboral.
  • El derecho a no responder a comunicaciones laborales fuera de dicho horario.

La primera opción, el Derecho a no recibir comunicaciones, se ha puesto en marcha en algunas empresas como Volkswagen. Para aplicar dicha medida se “apagan” los servidores de 18,15 a 07:00 y de este modo los correos no llegan a los empleados a partir de la hora pactada. “Muerto el perro, matada la rabia” dice el refrán. Pero… ¿y si alguien quiere renunciar a dicho Derecho? O lo que es lo mismo. ¿Y si alguien quiere poder conectarse fuera del horario laboral? O aún mejor… ¿qué sucede con las multinacionales que trabajan con clientes y filiales o asociadas en Asia o América? ¿Cómo se gestionan los e-mails de los clientes?  Además puedes apagar el servidor, pero siempre podrán llamarte por teléfono o ponerte un whatsapp. ¿No estaríamos transformando el “Derecho a la desconexión” en la “Obligación a la desconexión”? Realmente me surgen muchos problemas que son difíciles de gestionar y que me pregunto cómo se manejarán allí donde las medidas ya se han puesto en marcha.
La segunda opción, es el “Derecho a no responder” y que de hecho, puede considerarse tácito en la actualidad, puesto que ya existe un convenio laboral donde se marcan las horas de trabajo, aunque como no, con un pequeño problema. Posiblemente si no respondes nunca, tu carrera profesional estará condenada y más si las personas que te rodean si contestan a esas comunicaciones “fuera de horas”. Por decirlo de alguna manera… ante un mail, un whatsapp o cualquier otra forma de comunicación asíncrona, siempre se puede decir “No lo he recibido” o “No lo he visto”. Si se escribe una ley sobre este tema, que haga explícito el “Derecho a no responder” posiblemente nos estemos encontrando con una ley que no pase de un mero catálogo de buenas prácticas deseadas (como el de las horas extras).
Otra pequeña historia personal y una reflexión.

Hace unos días, por la noche, tenía que atacar un tema del curro bastante importante. No me importa reconocer que yo trabajo a deshoras. Primero porque en el trabajo tengo flexibilidad en el horario de entrada y de salida; porque cuando lo necesito puedo salir del trabajo y porque me gusta compartir flexibilidad con mi empresa («Quid pro quo» le decía Hanibal Lecter a Clarice Starling en «El silencio de los corderos»). Además, me gusta el trabajo que hago con mis excel, mis gráficos y la visualización de datos. Y que cuando toca darle caña a algo porque el tiempo se echa encima, pues se le echa. Pero es cierto que el tema era arduo y me encontraba poco inspirado. Así que decidí cambiar de tarea a una mucho más laxa, y a las diez y media de la noche mandé cuatro o cinco correos con cosas para nada urgentes y que no tenían que responderse en ese momento. Aquel trabajo me permitió que a primera hora del día siguiente pudiera centrarme desde el principio en esa “actividad tocho”, recién descansado, con mejor humor y buena actitud. Por supuesto que las tareas que yo envié la noche anterior a varios destinatarios se realizaron a lo largo del día, sin prisa alguna, tal y como estaba previsto y además yo pude ser mucho más productivo la mañana siguiente.

Lo que si tengo bien claro, es que ni a las 21 horas; ni un domingo por la tarde (por ejemplo) es recomendable pedir nada a nadie «para ya». Ni están obligados a llevar el móvil encima, ni a leer los correos, ni mucho menos están obligados a tener un PC a su lado para responderme a mí. Supongo que no les hace mucha gracia, como no me la hace que me lo pidan a mí, (aunque haya sucedido en el pasado lejano más de una y dos veces).
Más reflexiones: el trabajo ha cambiado.

En los pensamientos sobre este tema me ha dado por pensar que estamos intentando que las cosas no cambien demasiado; como si nos diera miedo los cambios tan bruscos en el trabajo y por si acaso… Pero es que las formas de trabajo han cambiado; los espacios de trabajo están cambiando y esto se debe a que la propia naturaleza del trabajo ha cambiado. Antes los trabajos se podían realizar en el puesto de trabajo únicamente. Bien fuera por falta de tecnología, o por el tipo de trabajo, muchas tareas no podían salir de la oficina. Pero conforme el trabajo del conocimiento se amplia y las nuevas tecnologías avanzan, cada vez estamos menos atados a nuestro puesto físico en la oficina. De hecho, gracias a todos estos avances hemos conseguido la flexibilidad en los horarios de entrada (en mi empresa el horario de entrada legal va desde las 08:00 hasta las 10:00 de la mañana) y en los horarios de salida. Y hemos conseguido el teletrabajo, por el cual muchas personas pueden trabajar desde sus casas y gestionar sus horarios (¿deberían volver estas personas a la rigidez del horario de 09:00 a 18:00 con una hora para comer?). Y aunque me apagues los servidores y no me lleguen los correos, ¿estamos seguros de que la desconexión sería factible? ¿Van a evitar estas nuevas leyes que yo me lleve el portátil a casa y me ponga a trabajar en el Excel o el powerpoint que se quedaron a medias antes de que pitara la sirena de salida del trabajo? 

Realmente lo que se debería conseguir es que las “horas extra no pagadas”, esta «disponibilidad inmediata» no se valorasen de cara a posibles ascensos ni promociones. Pero sin duda que esto es algo así como «pedirle peras al olmo» y si no que se lo digan a las mujeres, su carrera profesional y sus salarios a igualdad de puestos de trabajo. La legislación marca una cosa que la tozuda realidad nos enseña como no alcanzada.
Concluyendo (de acabar, que no de concluir): Cuestión de responsabilidad.

Al final, sucede que, como en muchos otros temas, el trabajo “fuera del horario” es una cuestión de responsabilidad, de jefes y de empleados. Sin duda, y sucede con todas las herramientas, tenemos hábitos muy malos, improductivos y negativos tanto para el empleado como para el empleador. Y estamos intentando crear una ley que soluciones estas malas prácticas, algo que sin duda no va a ser posible. Creo que la relación laboral del trabajador con su empresa debe ser la que se acuerde entre los empleados y su jefe directo de forma libre y clara. Yo meto horas fuera de los horarios porque cada vez que necesito tiempo dentro de mi horario laboral me lo dan. Y por ejemplo durante la Semana Santa todos los días eché un vistazo al correo electrónico, aunque sólo fue para eliminar mensajes superfluos y spam (nadie me lo pide, pero es más productivo para mí). 

Sin duda es un tema complejo, que se mezcla con otras muchas ideas que provienen de este proceso de evolución digital que afecta al trabajo: presentismo, teletrabajo, calentamiento de silla, gestión por objetivos, productividad, políticas de atracción de talento, «best place to work», millenials, y mil cosillas que se cruzan mientras he pensado en estas líneas y que siguen rondando por ahí. Seguiremos pensando en el tema y tratando de darle orden (que no me está siendo para nada sencillo)

¿Y vosotros? ¿Como lo véis?

Foto en Flickr: Alexandre Ataide – Mobile Splash